Menú Cerrar

Categoría: SolSueldos

Vacaciones en el colegio: qué cambió con la reforma laboral y cómo se liquidan.

Se viene diciembre y en la administración del colegio empieza la misma conversación de todos los años. Quién se toma vacaciones en enero, cuándo se avisa y cuánto se paga.

Este año esa conversación tiene reglas nuevas. La Ley 27.802, publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026, reemplazó el artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo. Ese artículo regula cómo se organizan las vacaciones. La ley no cambió cuántos días corresponden ni cómo se calculan. Para un colegio esa diferencia importa, porque si se mezcla lo nuevo con lo que sigue igual, aparecen los errores.

A quién alcanza

Estos cambios aplican al personal regido por la Ley de Contrato de Trabajo. Antes de aplicarlos, hay que revisar el convenio colectivo de cada empleado. Algunos convenios dan más días que la ley, los cuentan como hábiles en lugar de corridos o fijan otro plazo de aviso. Cuando el convenio es más favorable, se aplica el convenio.

Qué cambió

Son cinco cambios concretos.

  • Las vacaciones pueden tomarse fuera del período que va del 1 de octubre al 30 de abril, con una condición: tiene que haber acuerdo entre el colegio y el trabajador. Dentro de ese período, la fecha la sigue fijando el empleador. Fuera de él, no alcanza con la decisión del empleador.
  • Se pueden fraccionar. También hace falta acuerdo de las dos partes, y cada tramo tiene que ser de 7 días corridos como mínimo.
  • El aviso pasa de 45 a 30 días de anticipación y se sigue haciendo por escrito, salvo que el convenio fije otro plazo.
  • La enfermedad durante las vacaciones quedó regulada en la ley. Si el trabajador se enferma y lo informa a tiempo para que el empleador pueda controlarlo, los días que no pudo gozar no se pierden. Hay que reprogramarlos.
  • Por último, se mantiene la regla de que cada trabajador tiene que poder tomar vacaciones en verano al menos una vez cada tres años.

Qué no cambió

  • Los días siguen dependiendo de la antigüedad al 31 de diciembre. Son 14 días hasta 5 años, 21 días de 5 a 10, 28 días de 10 a 20 y 35 días con más de 20 años.
  • Se siguen contando como días corridos, salvo que el convenio diga otra cosa. Para tener el período completo, el trabajador tiene que haber trabajado al menos la mitad de los días hábiles del año. Si no llega, le corresponde un día de vacaciones cada 20 días trabajados.
  • Las vacaciones tienen que empezar un lunes, o el siguiente día hábil si ese lunes es feriado. Se pagan antes de que empiecen. Y no se pueden cambiar por dinero, salvo cuando termina la relación laboral.

Enero y julio

El fraccionamiento abre una posibilidad nueva para la administración escolar. Un empleado con 21 días puede acordar 14 en enero y 7 en julio, que es fuera de la temporada legal. O tres tramos de 7. Lo que no se puede hacer es dividirlas en tramos de menos de siete días.

Hay dos cosas que cuidar. La primera es el acuerdo. La ley no exige una forma específica, pero conviene dejarlo por escrito. Tiene que ser un acuerdo real: el colegio no puede imponer el fraccionamiento ni las fechas fuera de temporada. La segunda es el aviso. La comunicación tiene que hacerse por escrito con al menos 30 días de anticipación, o con el plazo que fije el convenio.

Dónde se complica: la liquidación

Para un empleado mensualizado, el valor de cada día de vacaciones se calcula dividiendo el sueldo por 25. Ese divisor es el que genera el plus vacacional.

Por ejemplo, con un sueldo de $1.200.000, el día de vacaciones vale $48.000. Con 21 días divididos en 14 y 7, el primer tramo da $672.000 y el segundo $336.000.

La ley indica que, para mensualizados, se toma el sueldo vigente al momento de otorgar las vacaciones. El nuevo artículo 154 no detalla cómo liquidar cada tramo cuando las vacaciones se fraccionan. Si hay conceptos variables, como horas extra o adicionales, se toma el promedio del año o el de los últimos seis meses, el que resulte más alto.

A esto se suman los días que hay que reprogramar por enfermedad. También está la posibilidad de acumular un tercio de un período anterior no gozado, que también requiere acuerdo y es un mecanismo distinto del fraccionamiento.

Lo que antes era una liquidación por persona y por año pasa a ser un seguimiento de saldos, tramos y fechas de aviso.

Lo que conviene hacer ahora

  1. Revisar el convenio de cada empleado antes de aplicar el plazo de 30 días o el cómputo en días corridos.
  2. Si se fraccionan vacaciones o se toman fuera de temporada, dejar el acuerdo por escrito y firmado por cada empleado.
  3. Mandar cada aviso por escrito y con la anticipación que corresponda.
  4. Pagar las vacaciones antes de que empiece el descanso.
  5. Llevar un registro del saldo de cada empleado, incluidos los días reprogramados por enfermedad.

En Solinte llevamos más de 30 años desarrollando sistemas para la gestión de instituciones educativas, con liquidación de sueldos actualizada según la normativa vigente. Si querés revisar cómo organizar las vacaciones de tu personal antes del receso, escribinos.

Equipo Solinte

DIEGEP 20 digital obligatoria: cómo armarla y presentarla. Video

La presentación ahora es obligatoria para todos los establecimientos educativos privados de la Provincia de Buenos Aires. Y los archivos se suben en una plataforma nueva.

El problema no es la norma. Es el proceso que falta.

Para el colegio que venía presentándola, el cambio es de plataforma. Para el que nunca la presentó, el cambio es mucho más grande. Tiene que armar el proceso desde cero, entender cómo se confecciona la planilla y empezar a presentarla sin frenar la liquidación del mes.

Ese es el punto crítico. La liquidación no espera, y un error en la presentación termina generando trabajo extra en el peor momento.

Lo que vas a encontrar en el webinar

El 29 de septiembre dimos un webinar técnico gratuito centrado en el personal no subvencionado. Lo grabamos completo para que puedas verlo cuando te quede cómodo. Dura unos 28 minutos.

A quién está dirigido

Está pensado para liquidadores, administradores y representantes legales de instituciones educativas privadas. Si sos quien tiene que resolver la presentación en tu colegio, este video te ahorra tiempo.

¿Te quedaron dudas sobre tu caso?

Cada institución tiene su realidad. Si necesitás ordenar el proceso de liquidación o querés saber cómo Solinte te puede ayudar, escribinos.

Equipo Solinte

Webinar gratuito | DIEGEP 20 Digital: ¿Qué cambia en la presentación del personal no subvencionado?

DIEGEP 20 digital. No es nueva. Ahora es obligatoria.

La presentación digital existe hace cuatro años, pero muchas instituciones todavía no la hacían. Desde ahora la tienen que presentar todos los establecimientos privados de PBA, y además los archivos se suben en una nueva plataforma.

En 40 minutos vemos:

— Obligatoriedad: qué implica que ahora deban presentarla todos.

— Confección: cómo se arma la planilla del personal no subvencionado.

— Implementación: el paso a paso.

Webinar técnico gratuito

Martes 29 de septiembre · 10:00 hs

Inscribite escaneando el QR de la imagen o haciendo clic en este enlace: https://solinte.net/r/TcPL35HPQ

Equipo Solinte.

Lo que nos dejó el Congreso Patagónico de Educación Privada

Participar del Congreso Patagónico de Educación Privada fue una buena experiencia. Además del excelente programa de charlas, otra cosa que nos aporto mucho fue el ida y vuelta con la gente: los momentos para pensar el lugar de las instituciones de gestión privada, y las charlas informales con quienes las llevan adelante día a día.

De esos intercambios rescatamos algo que queremos compartir.

Hablando con varios asistentes, notamos que las mismas inquietudes aparecían una y otra vez, casi siempre de boca de quienes están a cargo de la administración. Tres, principalmente.

Cómo simplificar la liquidación de sueldos y la carga de novedades. Distintos convenios según el nivel, docentes y no docentes, altas y bajas, licencias, personal subvencionado y no subvencionado. Todos los meses se repite la misma tarea manual, con el riesgo de error que trae aparejado y con los tiempos apretando.

Cómo ordenar el circuito de aranceles y cobranzas. El desafío no pasa por cobrar, sino por tener visibilidad: quién debe, desde cuándo, con qué beca o descuento aplicado, y si eso se refleja en la cuenta corriente de cada familia. Cuando esta información se maneja en planillas sueltas, llega tarde y las decisiones se terminan tomando sin datos.

Qué hacer con las presentaciones ante los organismos provinciales. Acá no hay una única respuesta, depende de la jurisdicción. Lo que rige en Chubut no es lo mismo que en Río Negro, y ninguna de las dos coincide con Buenos Aires. Las planillas, los formatos y los circuitos de rendición varían en cada provincia.

Si estas preguntas también te resuenan, escribinos.


Equipo Solinte

Nuevo recibo de sueldo: capacitación sobre el Decreto 407/2026

El Decreto 407/2026 introdujo cambios en la información que debe incluir el recibo de haberes, con el objetivo de mostrar con mayor claridad la composición salarial y el costo laboral total.

En esta capacitación explicamos los nuevos totales obligatorios, cómo realizar el control de diferencias y qué configuración deben completar los usuarios de Solinte, tanto para personal subvencionado como no subvencionado.

Mirá el video para conocer los cambios y preparar correctamente tu próxima liquidación.

El decreto está vigente desde su publicación, el 1 de junio de 2026.

Comienza el Relevamiento Nacional de Personal Educativo (ReNPE)

El próximo 3 de noviembre inicia el Operativo Nacional del Relevamiento Nacional de Personal Educativo (ReNPE), una iniciativa enmarcada en la Red Federal de Información Educativa (RedFIE).

El relevamiento abarcará a todo el personal docente y no docente que trabaja en establecimientos educativos de gestión estatal y privada, de todos los niveles y modalidades, excepto las universidades.

El objetivo del ReNPE es reunir información precisa, detallada y actualizada sobre el personal educativo, para fortalecer la planificación y la implementación de políticas educativas en todo el país.

Solinte+ simplifica el cumplimiento del ReNPE

En línea con esta iniciativa nacional, la nueva versión de Solinte+ incorpora una función que facilita el cumplimiento del relevamiento: ahora podés generar un código QR directamente en cada recibo de sueldo del personal docente y no docente.

Con solo activar una opción en la configuración del módulo Sueldos, el sistema incluye automáticamente el código QR requerido, asegurando que cada recibo esté listo para ser utilizado en el operativo sin necesidad de procesos adicionales ni carga manual.

De esta manera, Solinte+ continúa acompañando a las instituciones educativas con soluciones simples y eficientes que reducen tareas administrativas y garantizan el cumplimiento de las normativas vigentes.

Cualquier duda al respecto ponerse en contacto con soporte@solinte.net

Equipo Solinte

Dos nuevas instancias del ciclo de capacitaiones de Solinte: firma digital, SITRADIB y configuración de DIEGEP20/ISSYS

Paso a paso para la digitalización administrativa en instituciones educativas: resumen de dos capacitaciones clave

Continuando con el ciclo de encuentros técnicos sobre la implementación del Libro de Sueldo Digital y herramientas asociadas en la gestión educativa, durante octubre se realizaron dos charlas online abiertas. El objetivo fue compartir experiencias y buenas prácticas sobre procesos digitales, respondiendo dudas y acercando soluciones a equipos administrativos y usuarios en instituciones educativas.

Charla del 15 de octubre: Gestión de la firma digital y uso de SITRADIB

El encuentro se centró en cómo tramitar la firma digital tanto para empleadores personas físicas como jurídicas, y el procedimiento para firmar el Libro de Sueldos Digital para su presentación en SITRADIB. Se abordaron todos los pasos, desde el inicio del trámite hasta la firma en el sistema, y se respondieron consultas frecuentes sobre la operativa y los requisitos vigentes en ARCA.

Si te interesa el tema, podés ver la charla completa en YouTube:
Ver video sobre Gestión de firma digital y SITRADIB

Charla del 22 de octubre: Configuración y Exportación de DIEGEP20 e ISSYS

En esta ocasión, la capacitación tuvo foco en la carga y configuración de datos, códigos y parámetros en los sistemas DIEGEP e ISSYS, mostrando cómo adaptar la liquidación de sueldos conforme a normativas de distintos organismos provinciales. Se explicó el proceso para exportar datos correctamente y evitar errores, ofreciendo ejemplos prácticos aplicables al trabajo diario administrativo.

Para revisar los pasos y recomendaciones, mirá la charla completa en YouTube:
Ver video sobre Configuración y exportación DIEGEP e ISSYS

Muchas gracias, equipo Solinte.

Paso a paso para implementar el Libro de Sueldo Digital en instituciones educativas: así fue nuestra primera capacitación.

En el marco del nuevo ciclo de capacitaciones técnicas de Solinte, realizamos la primera charla online enfocada en la implementación del Libro de Sueldo Digital. Una instancia formativa clave, especialmente diseñada para instituciones educativas que gestionan liquidación de sueldos y necesitan adaptarse a los requerimientos de  ARCA.

Durante el encuentro, se explicó de manera clara y práctica cómo configurar el sistema, asociar los conceptos del recibo a sus códigos correspondientes y generar automáticamente los archivos para la declaración F931. También se abordó la importancia de completar correctamente los datos personales y laborales según el perfil del empleado, optimizando así la carga y presentación digital.

Uno de los puntos más valorados fue la posibilidad de automatizar procesos que antes se hacían manualmente, lo que reduce errores y mejora los tiempos de trabajo. Además, se destacó que la mayoría de las configuraciones ya vienen predefinidas según normativa vigente, haciendo más ágil cada nueva presentación del libro.

Esta fue la primera de varias capacitaciones planificadas. En las próximas charlas, avanzaremos sobre firma digital y presentación final del libro ante los organismos oficiales. Desde Solinte, seguimos acompañando a nuestras comunidades educativas con herramientas concretas para facilitar su gestión administrativa.

Pueden verla completa en nuestro canal de Youtube

Equipo Solinte

Preparándonos para el SAC (circular 07-10)

 

1  TEMA :  TUTORIAL DE AGUINALDOS

Repasemos lo necesario para tener una feliz navidad y un próspero SAC.

 

2 Verifique y modifique de ser necesario los datos de SAC dentro de la Empresa.

3 Dé de Alta el concepto/fórmula de SAC a un empleado

3.1 Duplique el concepto/formula de SAC a los empleados a los que quiera liquidárselo.

3.2 Modifique el concepto/fórmula de SAC, fórmula déjela vacía y proceso en (01) como está en la figura.-

 

4           Genere las liquidaciones mensuales necesarias para el cálculo de SAC

Si está en primer semestre genere enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio.

Si está en segundo semestre genere julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre.

4.1 Seleccione mes de liquidación mensual e ingrese descripción

Seleccionar las liquidaciones que desea que se sumen al generar la mensual.


Tilde los parámetros de empleados que desee que se sumen si existiera más de una liquidación en el mismo mes (generalmente nada).

 

5  Generar SAC a empleados

Click en menú Verificar

Click en Sueldo Anual Complementario y Calcular. Si existiese un cálculo previo de aguinaldos se le propondrá verlo o generarlo nuevamente

5.1 Ver y Modificar Sac a Todos los Empleados.-

Se presenta en pantalla los empleados en filas y en columnas los sueldos y días de cada mes.

Al modificar la cantidad de días trabajados de cada mes o el sueldo de cada mes el aguinaldo cambiará.

El aguinaldo que saldrá en recibo de sueldos es el que está en la columna roja.

Si desea puede seleccionar las columnas y arrastrarlas donde le sea más conveniente.

5.2 A la hora de calcular sueldos deje tildado (o tilde) SAC

 

5.3 Si desea liquidar únicamente SAC ,en Datos de Recibo en la pestaña “Conceptos en cero” ingrese conceptos de 0 a 300 (si su SAC es el concepto/fórmula C310).-

Formulario Afip F931 para llevar

 

Al finalizar el proceso de liquidación de sueldos (cuando todos los tildes se destildan) tenemos la posibilidad de exportar desde SolSueldos un archivo con la información necesaria para la generación automática del formulario 931 para la Afip.

A esta opción accedemos desde el menú Exportar> Afip-Sijp> Generar Archivo.

Debemos elegir cuál de las liquidaciones guardadas vamos a exportar, y los demás datos que nos pide el sistema. Debemos recordar qué tipo de exportación elegimos ya que deberemos ingresar el mismo dato en el Sicoss.

Elegimos el lugar en donde guardamos el archivo y desde Sol-Inte no es necesario hacer nada más.

Ahora ya desde el aplicativo Sicoss una vez que demos de alta a la nueva declaración jurada se habilitará la opción Declaración Jurada> Importar/Exportar, para luego seguir con los pasos habituales de una presentación de DDJJ (original o rectificativa).

Alguna Consulta?