Diferencia entre revisiones de «Fijos para calculo de recargos»

De Solinte Ayudas
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En esta pantalla estarán los datos fijos de los intereses para el calculo de los recargos.
 
En esta pantalla estarán los datos fijos de los intereses para el calculo de los recargos.
  
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'''Rango desde y hasta cuando se calculara el Interés''': Rango de fechas sobre la que se calcularan los intereses, esta misma deberá coincidir con la de los Intereses
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'''Fecha Contable''': Fecha en que se contabilizara la operación
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'''Fecha Operación''': Fecha en la que se realizara la operación
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'''Fecha Vto.''': Esta debe ser igual que "Fecha Hasta"
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'''Fecha 2°Vto.''':
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'''Fecha 3°Vto.''':
  
Rango desde y hasta cuando se calculara el Interés: Rango de fechas sobre la que se calcularan los intereses, esta misma deberá coincidir con la los Intereses
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'''Leyenda''': Nombre del interés
  
Fecha Contable: Fecha en que se contabilizara la operación
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'''Cta. Int. Obte.''': Cuenta de la contabilidad que se imputarán los Intereses
  
Fecha Operación: Fecha en la que se realizara la operación
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'''SubCta.''': De ser necesario que también sean imputados a una subcuenta
  
Fecha Vto.:
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'''Grup. Concepto''': Concepto a lo que los intereses serán imputados
  
Fecha 2°Vto.:
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'''Sobre que se calculara el recargo?'''
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* <u>Se calcula sobre todo el capital</u>: el recargo se realizara sobre todo el capital que se haya devengado en el rango de fechas correspondientes
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* <u>Se calcula solo sobre concepto=</u> : el recargo se realizara sobre el capital que se haya devengado en el rango de fechas correspondientes de '''un concepto'''.
  
Fecha 3°Vto.:
 
  
Leyenda:
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<u>Aclaración</u>: La opción '''Contemplar los recargos ya devengados''' tiene que estar destilada.

Revisión actual del 13:50 13 jul 2023

Datos fijos para calculo de recargos

En esta pantalla estarán los datos fijos de los intereses para el calculo de los recargos.

Fijospararecargo1.png

Rango desde y hasta cuando se calculara el Interés: Rango de fechas sobre la que se calcularan los intereses, esta misma deberá coincidir con la de los Intereses

Fecha Contable: Fecha en que se contabilizara la operación

Fecha Operación: Fecha en la que se realizara la operación

Fecha Vto.: Esta debe ser igual que "Fecha Hasta"

Fecha 2°Vto.:

Fecha 3°Vto.:

Leyenda: Nombre del interés

Cta. Int. Obte.: Cuenta de la contabilidad que se imputarán los Intereses

SubCta.: De ser necesario que también sean imputados a una subcuenta

Grup. Concepto: Concepto a lo que los intereses serán imputados

Sobre que se calculara el recargo?

  • Se calcula sobre todo el capital: el recargo se realizara sobre todo el capital que se haya devengado en el rango de fechas correspondientes
  • Se calcula solo sobre concepto= : el recargo se realizara sobre el capital que se haya devengado en el rango de fechas correspondientes de un concepto.


Aclaración: La opción Contemplar los recargos ya devengados tiene que estar destilada.