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Continue to Chatmicrojuris @microjurisar Fallos CSJN: La intimación al trabajador a jubilarse de acuerdo con el art. 252 LCT no extingue el contrato de trabajo, sino que lo hace la concesión del beneficio o el transcurso de un año desde tal intimación vía @contalix https://solinte.net/contalix/go/d28f57c99330a0ad1dfbe23a7cb2e926