[dropcap]S[/dropcap]e dispone la exclusión de determinados contribuyentes del régimen de percepción en los impuestos a las Ganancias o Sobre los Bienes Personales en las  operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”   (Ley 27.541 y Dec 99/2019 y Res Gral 4815/2020)

💰 Gravamen: impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)
💲 Régimen: de percepción en impuestos a las Ganancias o Sobre los Bienes Personales
💵 Operaciones: Compra de billetes y divisas en moneda extranjera, pago a servicios a no residentes, bienes o servicios del exterior con tarjetas de crédito, débito o compra, servicios en el exterior a  través de agencias de viajes y turismo y transporte pasajeros fuera del país (ídem impuesto PAIS)
🏥 ⛪ Sujetos. Exclusiones: Cooperativas, Mutuales, Fundaciones, Asoc. deportivas, Entidades exentas y otros (NUEVO)
📃 Requisito: certificado de exención vigente en el impuesto a las Ganancias

📅 Vigencia: 27/12/2021

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