Se actualiza a $ 4.500.000 el importe mínimo que obliga a la obtención del CETA ( Certificado de Transferencia de Automotores ) y a $ 9.400.0000 para la obtención del COTI ( Código de Oferta de Transderencia de Inmuebles ). También se cambiaron los valores que obligan a los intermediarios a informar las operaciones sobre automotores y motovehículos usados de la Res. 2.032. Se establece un mecanismo de actualización anual, con vigencia en el mes de abril de cada año.
Resolución General 5362/2023
Procedimiento. Actualización de montos. Resoluciones Generales Nros. 2.032, 2.371 y 2.729, sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma modificatoria y complementaria.
Puntos Claves
Se modifican las siguientes resoluciones:
- Resolución General 2.032 - Régimen de información de operaciones de compraventa de vehículos usados:
- Se actualiza de $ 600.000 a $ 1.100.000 el piso para informar las operaciones sobre vehículos automotores usados.
- Se actualiza de $ 240.000 a $ 450.000 el piso para el caso de motovehículos usados.
- Resolución General 2.371 - "Código de Oferta de Transderencia de Inmuebles" (COTI):
- Se incrementa de $ 5.000.000 a $ 9.400.000 el piso que obliga a la obtención del COTI.
- Resolución General 2.729 - "Certificado de Transferencia de Automotores" (CETA):
- Se incrementa de $ 2.400.000 a $ 4.500.000 el piso que obliga a la obtención del CETA.
Por último, se establece que los montos establecidos serán actualizados anualmente, con vigencia a partir del 1 de abril de cada año, conforme el mecanismo previsto en la Ley de Impuesto sobre los Bienes Personales ("...coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que suministre el Instituto de Estadística y Censos, correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior")