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¿Cuánto se puede transferir sin que AFIP te cobre?

A la hora de realizar una transferencia de dinero, AFIP puede solicitar que se justifique el origen de los fondos y pagar impuestos
Por IM
09/09/2024 - 09:33hs
AFIP

Muchas personas evitan las transferencias de dinero por miedo a que AFIP les cobre algún impuesto o tengan consecuencias graves como perder la categoría del monotributo. Sin embargo, es importante tener en cuenta que, en muchas ocasiones, AFIP no cobra ningún impuesto.

Además, en el caso de estar dentro de ciertos parámetros, no se corre el riesgo de que el fisco solicite justificar el origen de los fondos.

¿Cuánto se puede transferir sin que la AFIP cobre?

Al momento de hacer una transferencia, es de suma importancia tener en cuenta qué operación se está haciendo. Es decir, si la venta que se realizó es producto de la actividad habitual desarrollada, entonces corresponde facturar y realizar la declaración correspondiente.

En caso contrario, como la venta particular de un celular, no es necesario realizar la factura. Sin embargo, dependiendo el monto y las actividades que se realicen habitualmente, el banco o entidad financiera-para cubrirse ante el fisco- puede solicitar justificar el origen de los fondos.

Por otra parte, por lo general, las retenciones que se sufren en una transferencia no suelen ser de AFIP, excepto que se facture mucho o se tenga un nivel de vida alto, pero sin un trabajo formal que lo justifique, sino que suelen provenir de organismos provinciales como ARBA.

Normalmente, ARBA retiene entre un 1% y 2,5% de los montos que se acreditan en la caja de ahorro o cuenta corriente. Sin embargo, en el caso de estar en una situación irregular, el porcentaje puede ascender abruptamente, como, por ejemplo, el 5%.

Por lo general, estos valores depende de qué tan probable sea para el fisco cobrar las obligaciones del contribuyente. Sin embargo, en los casos en que este considere que hay cierto riesgo, el porcentaje que cobran anticipadamente puede ser incluso superior al tributo en si, algo muy común en Ingresos Brutos.

¿Cuánto dinero puedo tener en la cuenta sin que AFIP me cobre?

AFIP pide mensualmente a las billeteras virtuales y bancos los movimientos de cada cliente. En este sentido, si los valores superaron determinados parámetros y la entidad financiera no cuenta con suficiente información al respecto para respaldarlo, entonces debe solicitar el justificativo del origen de fondos.

Esto se debe a que el banco debe "cubrirse" ante un eventual pedido de AFIP o la UIF, ya que, de no haber realizado dicho procedimiento, podría enfrentar sanciones. En esta línea, el fisco establece un monto máximo sin declarar (ni contar con respaldo como un sueldo en blanco, facturas, entre otros) de $700.000, por lo que, superando ese monto, deben informar la situación.

Otro de los casos es si se cuenta con movimientos por $400.000 en el mes, es decir, tanto ingresos como egresos de dinero. Sin embargo, estos límites solo aplica para las personas sin ingresos formales. En el caso de las personas con ingresos formales, las entidades arman un perfil basándose en el dinero que le ingresa a la persona y sus gastos registrables, haciendo una estimación de qué montos son razonables para su nivel.

Es decir, si una persona tiene un salario, es monotributista o responsable inscripto y los movimientos están debidamente informados (en el caso del salario lo hace inicialmente el empleador) no debería existir problemas.

Esto sucede porque el banco genera un perfil de cada cliente, estableciendo límites internos y parámetros para solicitar una justificación de fondos. Cabe aclarar que, cuando un banco o entidad financiera considera necesario requerir una justificación de los fondos, este, por lo general, lo hace a través de un correo electrónico, solicitando documentación respaldatoria que sustente dichas transacciones.

Entre los documentos más frecuentes se encuentran las facturas que se emitieron en los últimos 6 meses, recibos de sueldo, recibos de haberes jubilatorios y certificados de ingresos emitidos por contadores públicos, entre otros.

En caso de que no se pueda justificar total o parcialmente el dinero, es muy probable que el banco genere un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) y lo notifique a la Unidad de Información Financiera (UIF).

Posteriormente, las acciones de dicho organismo varían considerablemente, ya que dependen de la "gravedad" del asunto. Es decir, no es igual no poder justificar 8 millones de pesos para una empresa que factura millones mensuales, que para una persona física sin ningún tipo de ingreso declarado.

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