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      Grandes fortunas: el Gobierno reglamentó la ley y comienza a regir el polémico impuesto

      Había sido promulgada en diciembre y el kirchnerismo apuraba su puesta en práctica. Pretenden recaudar más de $300 mil millones, entre unos 12 mil contribuyentes.

      Grandes fortunas: el Gobierno reglamentó la ley y comienza a regir el polémico impuestoEl presidente Alberto Fernández junto con los diputados Máximo Kirchner y Carlos Heller, y el ministro de Economia, Martín Guzmán.

      La administración de Alberto Ángel Fernández reglamentó, finalmente, el llamado Impuesto a las Grandes Fortunas, que impulsó Máximo Kirchner, con el apoyo del economista y diputado Carlos Heller. Esta ley, sancionada en 2020, había sido promulgada el 18 de diciembre pero aún no había sido reglamentada.

      La demora en la puesta en marcha de esta norma había despertado el malhumor del kirchnerismo, que impulsó en el Congreso, a través de Cristina Kirchner en el Senado y de Máximo Kirchner en la Cámara de Diputados.

      La norma publicada en el Decreto 2021-42-APN-PTE se denomina "Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayuda a Morigerar los Efectos de la Pandemia N°27.605". Y está firmada por el presidente Alberto Fernández y el ministro de Economía Martín Guzmán.

      Ahora, con la firma del Presidente de la Nación, el Gobierno autoriza a la AFIP a poner en marcha el mecanismo recaudatorio que prevé el cobro por única vez de una tasa de entre el 2% y 3,5% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos. Se estima que con este impuesto estarán alcanzados unos 12.000 contribuyentes.

      Por los bienes situados en el exterior, si no se verifica su repatriación al menos del 30% de las tenencias en el exterior dentro de los 60 días de sancionada la ley y permanecen en el país hasta el 31 de diciembre de 2021, la tasa se eleva del 3 al 5,25%.

      Como ya contó Clarín, este impuesto no tiene un mínimo no imponible: eso significa que los alcanzados pagan la tasa correspondiente desde cero. Además, no son deducibles las deudas y grava los activos productivos. Y se suma al 2,25% que parte de esa misma masa de activos ya tributa en concepto de Bienes Personales.

      La norma también alcanza a “aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en jurisdicciones no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación”.

      Además, si en los últimos 180 días anteriores al 18 de diciembre –fecha de promulgación de la ley- hubo variaciones en los bienes de algún contribuyente que hicieran presumir una operación destinada a eludir el pago de este aporte, la AFIP podrá disponer que esos activos se computen a los efectos determinar el monto a cobrar por el Estado.

      La ley especifica que lo recaudado por este impuesto será destinado en un 25% a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural. Otro 20% a comprar equipamientos de salud para atender la pandemia; un 20% a apoyar a pymes con subsidios y créditos; un 20% para financiar un relanzamiento del plan de las becas Progresar destinado a jóvenes estudiantes y un 15% para urbanizar barrios populares en donde serán contratadas cooperativas de los vecinos de cada barrio.

      Desde sectores empresarios, se había analizado ya la presentación de amparos para frenar este impuesto en la Justicia, por lo que se espera una lluvia de amparos para frenar la norma de autoría de Máximo Kirchner y Carlos Heller.


      Sobre la firma

      Pablo de León
      Pablo de León

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