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      Crecen las distorsiones en el sistema jubilatorio

      Inseguridad. Nadie sabe ahora cuánto aumentarán los haberes. Hay diferencias incluso según la fecha del ingreso al sistema previsional.

      Crecen las distorsiones en el sistema jubilatorioExpedientes en los juzgados de Seguridad Social de juicios de jubilados. Así se consideran los pedidos de los jubilados en la Justicia.

      Con el achatamiento o aumento diferenciado que va del 3,75 al 12,96% según el rango de haberes a partir de este mes –en reemplazo de la fórmula de movilidad que otorgaba desde marzo de 2009 el mismo porcentaje a todos los jubilados y pensionados del régimen general y demás prestaciones sociales —se generaron nuevas distorsiones en el sistema previsional.

      Es que la fórmula de movilidad, además de actualizar en un porcentaje uniforme las jubilaciones y demás prestaciones sociales, se aplicaba como coeficiente para otro conjunto de indicadores previsionales y salariales. Así, con los porcentajes diferenciados, dejó de existir un único índice de movilidad y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social debió resolver la cuestión con un nuevo coeficiente generando un esquema de “doble vara” que alteró la evolución del sistema.

      Así, la Resolución ministerial 139, publicada en el Boletín Oficial el martes 3 de marzo, habilitó “un criterio sustitutivo para actualizar los conceptos y prestaciones citados en los considerandos precedentes, con criterios de razonabilidad y equilibrio”. Y consideró “pertinente utilizar el índice establecido por la Remuneración Imponible de los Trabajadores Estables (RIPTE) por reflejar el desempeño real del mercado de trabajo y la variación del salario de manera fiel, ya que incluye a todos los sectores económicos”.

      Ese índice que se aplica para la actualización de los salarios de los últimos 10 años anteriores al cese laboral que se toman como referencia para el cálculo del haber inicial – corresponde al tercer trimestre de 2019 por el rezago de 6 meses con que se aplicaba la fórmula de movilidad suspendida- arrojó un 9,38%.

      Sumas y restas

      Como informó Clarín, una persona que se jubiló antes del 29 de febrero, en marzo recibirá un aumento que va del 3,75 al 12,96%. En cambio si se jubila después del 1 de marzo su haber inicial será diferente porque recibirá un aumento del 9,38% que corresponde a la actualización de las remuneraciones históricas para quienes cesen para jubilarse a partir del 29 de febrero. Puede generarse así una diferencia inicial en más o en menos de hasta el 5% según la fecha en que se jubiló Quienes cobran un haber mínimo por jubilación y pensión por viudez tendrán por cada beneficio un incremento del 12,96%. Cobrarán $ 31.783. Pero los que cobran un solo beneficio por jubilación o pensión por una suma equivalente a 2 haberes mínimos recibirán el 2,3% más $ 1.500. Esto es un aumento del 7,6%. Cobrarán $ 30.283. Una diferencia de $ 1.500. Antes, recibían el mismo porcentaje.

      El haber máximo se ajustó el 3,75%, pero el sueldo máximo sujeto a aportes se incrementó el 9,38%. “Se trata de una doble vara porque habrá que aportar por un sueldo mayor, pero la contrapartida es una jubilación máxima menor”, dice la abogada previsionalista Andrea Falcone. La relación entre el haber máximo y el sueldo máximo sujeto a aportes era del 64,8% y se reduce al 61,5%.

      “Las cuotas de las moratorias previsionales por el pago de los aportes faltantes a través en un plan de 60 cuotas, se actualizaban con los índices de la ley de movilidad. La Resolución ministerial resolvió que las cuotas se ajustarán el 12,96%. En tanto los jubilados que tenían juicio y aceptaron la Reparación Histórica se encuentran percibiendo cuotas trimestrales por los retroactivos adeudados, las cuales también se ajustaban por el índice de movilidad suspendido. La resolución ministerial dice que se actualizarán por el 9,38%. Es decir, cuando la ANSES es acreedora de los jubilados cobra un ajuste del 12,96%, cuando es deudora de los jubilados paga un incremento del 9,38%”, explica Falcone.

      Además, por contar con un régimen especial, a partir de marzo, en lugar del aumento del 2,3% más los $ 1.500, las más de 8.000 jubilaciones y pensiones de los investigadores científicos y tecnológicos en lugar del 11,56%, recibirán el 9,38%. Es que si se les aplicara el aumento del 2,3% más $ 1.500, por tener jubilaciones y pensiones de los investigadores más altas que las del régimen general, hubiera representado un incremento promedio de menos del 4%. Este sector se jubila con el 85% móvil de la remuneración total sujeta al pago de aportes al momento de la cesación definitiva en el servicio. En consecuencia el 2,3% más $ 1.500 hubiera determinado un aumento muy inferior a la movilidad salarial del 85% móvil. Además hubiera producido una diferencia entre quien se jubila de ahora en adelante porque arrancaría con un haber inicial del 85% móvil, mientras el haber del ya jubilado sería inferior a ese porcentaje.

      “La ley de reparación histórica dispuso que ANSeS pagará los honorarios a los abogados que prestaran los servicios de asesoramiento a los jubilados y pensionados que aceptaran la propuesta del programa. Esos honorarios se determinaron en una suma fija que se actualiza conforme la ley de movilidad suspendida. Este concepto no figura en la resolución del Ministerio de Trabajo, con lo cual técnicamente se han quedado sin movilidad los honorarios profesionales pendientes de pago y aquellos que se devenguen por las homologaciones que se realicen en adelante. Cabe mencionar que el programa se encuentra aún vigente en virtud de la prórroga dictada a mediados de 2019 para todos aquellos que no hubieran rechazado expresamente la oferta”, señala Falcone.

      “Todo sistema que tiene variables múltiples para quienes deberían recibir el mismo tratamiento solo genera distorsiones que, de mantenerse, provoca mayores inequidades de unos respecto de otros. La falta de previsibilidad acentúa la inseguridad en un sistema que debe llevar tranquilidad a las personas de mayores edades”, concluye el abogado previsionalista Adrián Tróccoli.


      Sobre la firma

      Ismael Bermúdez
      Ismael Bermúdez

      ibermudez@clarin.com

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