[dropcap]C[/dropcap]ómo cargar la DJNR declaración jurada no remunerativa AFIP Empleados para el acuerdo acuerdo 2021 suma no remunerativa 32%.

El acuerdo salarial 2021 de Empleados de Comercio, firmado en abril pasado, estableció un aumento salarial del 32% no remunerativo a pagarse en 4 tramos.

Dado su carácter no remunerativo de este aumento salarial,  se debe informar tal situación a la AFIP mediante la Declaración Jurada de No remunerativos (DJNR).

Por lo tanto, debemos informar dos sumas no remunerativas, que desde el mes de mayo es del 8%, y corresponde al primero de los 4 tramos acordados.

Como el mencionado acuerdo fue homologado por la Secretaría de Trabajo mediante la resolución 471/21.

La manera de informar la DJNR desde mayo, sería la siguiente:

DJNR Empleados de Comercio Resolución 471/21 AFIP 3279 como presentar la declaración
  • Tipo de Norma: Convenio Colectivo de Trabajo
  • Tipo de Convenio: Otros
  • Otros Tipos de Convenio: 0130/75: CONFEDERACIÓN GENERAL EMPLEADOS DE COMERCIO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA c/ COMISIÓN COORDINADORA PATRONAL DE
  • ACTIVIDADES MERCANTILES Y OTRAS.
  • Jurisdicción: Nacional
  • Norma Específica: Resolución
  • Organismo que emitió la norma: Secretaria de Trabajo
  • Nro. de Norma: 471
  • Año de emisión de la norma: 2021

Una vez cargadas las dos resoluciones, verificamos la cantidad de empleados y el total a informar como no remunerativo y si está OK en clic en “validar”.

Libro de Sueldos Digital

Por último, recuerden que para aquellos empleadores obligados a presentar el Libro de Sueldos Digital (LSD), no deben presentar la DJNR.

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